En el contexto regional
se observa el uso generalizado de Administración de Tierras como traducción de Land Administration, concepto que fuera
utilizado a nivel internacional por vez primera en el libro con ese mismo título, cuyos
autores han señalado que el término es utilizado para referirse a aquellas
actividades del sector público necesarias para apoyar la venta, el desarrollo,
el uso, la valuación y la transferencia de inmuebles (Dale P. & McLaughlin,
J., 1999), el cual tiene una clara orientación hacia funciones relacionadas con
la gestión y la movilidad de bienes en el mercado inmobilario.
Indirectamente se puede
inferir que Land Administration se
utiliza para englobar a la función catastral y registral ampliada a la
planificación y desarrollo del suelo, dándole una orientación más integradora u
holística a su significado.
Lo que se plantea a
continuación es argumentar acerca de que palabra es más apropiada para
acompañar a administración: ¿tierra o territorio?.
En primer lugar, para conocer el significado de dichas palabras veamos lo que dice
el Diccionario de la Real Academia Española (RAE) en sus primeras definiciones:
- Tierra: “Planeta que
habitamos” y, en conexión y para más especificidad “superficie del planeta
Tierra, especialmente la que no está ocupada por el mar”.
- Territorio: “Porción de
la superficie terrestre perteneciente a una nación, región, provincia, etc.”.
En una primera
interpretación, la primera puede considerarse una definición de la naturaleza, que
comprende el conjunto de cosas existentes que se generan, modifican y evolucionan
sin la necesidad de intervención humana. La segunda es una definición
convencional que encuentra su expresión en la ley positiva, adaptada a las
necesidades particulares de una sociedad dada, por lo que difiere de una nación
a otra (Pipes, R., 1999).
En una segunda interpretación,
de la superficie del planeta Tierra se puede derivar la inclusión de todo lo
natural y lo artificial ligado a ella como los lagos, cursos de agua, bosques,
cultivos, rutas, construcciones, etc., es decir una combinación entre la naturaleza y la
acción humana. En cambio la palabra territorio tiene un significado que si bien
lo acerca a la tierra como idea, agrega un elemento singular para
diferenciarlo: su pertenencia a un Estado.
- el vocablo territorio proviene del latín territorium (RAE, 2021), que se compone de una raíz terra que remite a la tierra y el subfijo torium que tiene varios significados como: lugar dónde ocurre algo, lugar que pertenece a alguien, lugar dónde existe algo, lugar dónde se ejecuta una acción, etc., es decir que en palabra territorio confluyen un objeto sobre el que se actúa y un sujeto (o varios) que actúan sobre el mismo;
- el diccionario de
Cambridge define al referido término como “(an
área of) land, or sometimes sea, that is considered as belonging to or
connected with a particular country or person”; y
- el diccionario de Oxford como “land that is under the control of a particular country or political leader”.
Lo que tenemos claro
hasta aquí, es que la palabra territorio enlaza un objeto con un sujeto que,
como señalamos, puede ser una persona jurídica pública como un Estado, pero
además y de acuerdo a la definición del diccionario de Cambridge, puede incluir
a personas humanas y personas
jurídicas privadas como sociedades, comunidades, cooperativas, fundaciones,
etc. (personas en general). En cualquier caso, lo que se quiere remarcar con esto, es la necesaria
existencia de una relación entre una o varias personas que aplica a una porción
delimitada de tierra.
En uno de los primeros
estudios antropológicos destinados a establecer como se originaron las
instituciones dotadas con poderes coercitivos formales, Robert H. Lowie, en su
libro El origen del Estado (The Origin of
the State), sugería la siguiente respuesta: la transición de la
organización “tribal” a la organización política se produce cuando la autoridad
se hace territorial, esto es, cuando se extiende sobre todos los habitantes de
un área determinada y no exclusivamente sobre aquellas personas unidas por
lazos de sangre (Pipes, R., 1999).
En esa línea el derecho
romano fue pionero en definir el ámbito de influencia de una comunidad
política, por lo que ninguna
unidad administrativa podía carecer de territorio, el cual a su vez era
dividido en parcelas cultivables a las cuales se le aplicaba el tributum
soli o impuesto sobre la propiedad o uso del suelo (Hita Albarracín,
A., 2015), de manera que el catastro es consustancial a la idea de territorio.
A esta altura resulta
evidente que el concepto posee un claro significado político y destaca su
importancia en que establece una jurisdicción, la cual fija el contorno para la
organización interna del Estado y para determinar el alcance espacial de las leyes y de los mandatos o funciones asignadas a las diferentes instituciones. Además
es menester incluir la soberanía y la frontera como atributos indisociables de
un territorio, y pensarlo como un conjunto de nociones económicas, estratégicas,
legales y técnicas como las que se refieren a la cartografía, el censo de la
población y la vivienda, el catastro, el registro de derechos, la planificación
y la protección del medio ambiente, entre otras muchas actividades.
Yendo a la arena
profesional, encontramos en un Tesauro específico de la materia la siguiente
definición para Land Administration:
“proceso de determinar, registrar y difundir información sobre la relación
entre las personas y la tierra” (*). Ahora bien, en esa misma fuente observamos
que Land (tierra) se encuentra definida como el “área de la superficie terrestre,
excluyendo los océanos, generalmente delimitada por fronteras naturales o
políticas, o por límites de propiedad” (*). Es decir que si pasamos de una
traducción literal a una basada en el contexto, es posible situar la palabra Land dentro del concepto de territorio.
Volviendo sobre el
diccionario de la RAE, leemos que administrar es “gobernar, ejercer la
autoridad o el mando sobre un territorio y sobre las personas que lo habitan”, la cual es aplicable a este ámbito ya que se trata de actividades realizadas por el sector público. Y ahora cabe preguntarnos: ¿es posible administrar algo sobre lo que no se
tiene una relación de poder y se conoce su extensión material?. En principio no, de acuerdo a lo que señala expresamente la propia definición.
Entonces puede que esta sea una respuesta a la pregunta con la que iniciamos
este artículo. Al menos los significados o la semántica proveniente de todas las
fuentes citadas parecen confirmarlo.
(*) resultado del
traductor on-line DeepL, https://www.deepl.com/es/translator#en/es/
Fuentes consultadas y
referencias:
Cadastre and Land
Administration Thesaurus (CaLAThe) (2021), http://cadastralvocabulary.org/
Dale, Peter &
McLaughlin, John (1999). Land Administration.
Oxford University Press.
Hita
Albarracín, Antonio (2015). Los impuestos en el derecho romano. Universidad
Internacional de La Rioja, España, https://reunir.unir.net/bitstream/handle/123456789/3453/HITA%20ALBARRACIN%2C%20ANTONIO.pdf?sequence=1
Oxford Learner´s Dictionary (2021), https://www.oxfordlearnersdictionaries.com/definition/english/territory
Pipes, Richard (1999). Propiedad y libertad. Dos conceptos inseparables a lo largo de la historia. Turner. Fondo de Cultura Económica.
Real Academia Española (2021). Diccionario esencial de la lengua española, https://www.rae.es/desen/
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